Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

COMERCIO EXTERIOR. LA EXENCIÓN DEL PAGO DE LOS IMPUESTOS RELATIVOS, PREVISTA EN EL ARTÍCULO 61, FRACCIÓN XIV, DE LA LEY ADUANERA, SÓLO ES APLICABLE A QUIENES DESTINEN LAS MERCANCÍAS IMPORTADAS A INSTITUCIONES DE SALUD PÚBLICA O PERSONAS MORALES NO CONTRIBUYENTES AUTORIZADAS PARA RECIBIR DONATIVOS DEDUCIBLES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

Clave: I.4o.A.764 A · Registro digital (IUS): 161686 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXIV, Julio de 2011; Pág. 1978

El artículo 61, fracción XIV, de la Ley Aduanera establece que no se pagarán los impuestos al comercio exterior por la entrada o salida del territorio nacional, de mercancías destinadas a instituciones de salud pública o a personas morales no contribuyentes autorizadas para recibir donativos deducibles del impuesto sobre la renta. Así, este precepto no puede desvincularse del artículo 52, cuarto párrafo, fracción I, del citado ordenamiento, el cual prevé que se presume, salvo prueba en contrario, que la entrada de mercancías a territorio nacional se realiza por su propietario o tenedor, circunstancia que, concatenada con lo señalado en el primero de los mencionados numerales, lleva a concluir que son los propietarios o tenedores de las mercancías -esto es, los importadores- quienes deben destinarlas a las instituciones de salud pública o a las personas morales no contribuyentes autorizadas para recibir donativos deducibles del impuesto sobre la renta. Por tanto, la exención sólo es aplicable a quienes destinen las mercancías a las instituciones o personas a que se refiere el invocado artículo 61, fracción XIV. Consecuentemente, cuando un contribuyente enajena las mercancías importadas a un tercero, y éste a su vez las canaliza en los términos descritos, aquél no goza del señalado beneficio.

CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/161686-0ec81a13/comercio-exterior-la-exencion-del-pago-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 680/2010. Boehringer Ingelheim Promeco, S.A. de C.V. 7 de abril de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: Jesús Antonio Nazar Sevilla. Secretaria: Ángela Alvarado Morales.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis