DERECHO DE VISITAS Y CONVIVENCIAS EN LA ACTUAL REALIDAD SOCIAL.
En atención a la realidad social prevaleciente, se ha colocado al derecho de visitas y convivencias en un lugar destacado dentro del derecho familiar, no obstante que por muchos años fue una institución relativamente intrascendente, que tenía un carácter accesorio frente a otras instituciones a él vinculadas, otrora de gran solidez en México como el matrimonio. Por ello, en la época actual ese derecho denominado también de custodia provisional, opera plenamente no sólo dentro del matrimonio, sino después de roto o fuera de él, es decir, en uniones libres, concubinatos y, por supuesto, en asuntos de adopción de menores.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/164101-d4a36af0/derecho-de-visitas-y-convivencias-en-la-actual · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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