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Modo: Corpus Pro

DERECHOS DE AUTOR. COMPETENCIA PARA CONOCER DE UN JUICIO EN QUE SE IMPUGNE LA INSCRIPCIÓN DE UNA OBRA EN EL REGISTRO PÚBLICO DEL DERECHO DE AUTOR. CORRESPONDE A LOS JUECES DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA EN EL DISTRITO FEDERAL.

Clave: I.1o.A.169 A · Registro digital (IUS): 168156 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIX, Enero de 2009; Pág. 2682

El artículo 214 de la Ley Federal del Derecho de Autor, sin denominarla expresamente, prevé una acción para poder impugnar una constancia, anotación o inscripción en el Registro Público del Derecho de Autor, estableciendo una competencia exclusiva a favor de los tribunales federales para conocer de dichas controversias, en las que el Instituto Nacional del Derecho de Autor deberá tener necesariamente el carácter de parte demandada. Interpretada la norma citada junto con los artículos 52, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y 24, fracciones IV y VII, del Código Federal de Procedimientos Civiles, que establecen, por un lado, la competencia específica de los Jueces de Distrito en Materia Administrativa para conocer de aquellas controversias que se susciten con motivo de la aplicación de las leyes federales, cuando deba decidirse sobre la legalidad o subsistencia de un acto de autoridad o de un procedimiento seguido por autoridades administrativas y, por el otro, que por razón de territorio es tribunal competente el del domicilio del demandado tratándose de acciones reales sobre muebles o de acciones personales, así como el del lugar en que se hizo una inscripción en el Registro Público de la Propiedad; de ahí que cuando la acción que se entable no tenga más objeto que decretar su cancelación, es indudable que tales juzgadores tienen competencia para resolver esa clase de asuntos, resultando innecesario, atento a los principios de primacía y especialidad de la ley, acudir a fuentes diversas de derecho para dilucidar a qué órgano jurisdiccional corresponde el conocimiento de dichos juicios.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/168156-0c7d3497/derechos-de-autor-competencia-para-conocer-de-un · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 191/2008. Productos Milken de México, S.A. de C.V. 11 de agosto de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Joel Carranco Zúñiga. Secretario: Agustín Gaspar Buenrostro Massieu. Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 35/2018 del Pleno en Materia Administrativa del Primer Circuito, de la que derivó la tesis jurisprudencial PC.I.A. J/155 A (10a.) de título y subtítulo: "DERECHOS DE AUTOR. COMPETENCIA PARA CONOCER DEL JUICIO EN EL QUE SE IMPUGNA LA INSCRIPCIÓN DE UNA OBRA EN EL REGISTRO PÚBLICO DEL DERECHO DE AUTOR. CORRESPONDE AL JUEZ DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA, EN VÍA ORDINARIA."

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