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COMPETENCIA PARA CONOCER DE LAS INFRACCIONES A LAS LEYES FEDERALES COMETIDAS POR MENORES DE DIECIOCHO AÑOS. CORRESPONDE AL JUEZ ESPECIALIZADO EN JUSTICIA PARA ADOLESCENTES DEL LUGAR DONDE AQUÉLLAS SE COMETIERON (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).

Clave: VI.1o.P.249 P · Registro digital (IUS): 173086 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXV, Marzo de 2007; Pág. 1645

Si bien es cierto que la fracción I del artículo 11 del Código de Justicia para Adolescentes del Estado Libre y Soberano de Puebla dispone que la aplicación territorial, personal y temporal de dicho código se refiere a conductas tipificadas como delitos, realizadas en territorio del Estado y que no sean de competencia federal, también lo es que el numeral 500 del Código Federal de Procedimientos Penales establece la competencia de los tribunales locales para menores, respecto de las infracciones a las leyes penales federales cometidas por menores de dieciocho años en el lugar en que se encuentre el referido tribunal. Ahora bien, si existe un tribunal local para menores en el lugar donde un menor de dieciocho años cometió un ilícito del orden federal, resulta inconcuso que, en términos del citado artículo 500 y en atención al principio de supremacía de la ley federal sobre la local, previsto en el artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la autoridad competente para conocer del proceso seguido por ese tipo de infracciones, será un Juez especializado en justicia para adolescentes del lugar donde se cometió la infracción, toda vez que es dicho Juez quien cumple con las funciones relativas a la aplicación del procedimiento para menores y quien deberá aplicar las leyes federales respectivas.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/173086-54643b20/competencia-para-conocer-de-las-infracciones-a-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Competencia 1/2007. Suscitada entre el Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Puebla y el Juzgado Especializado en Justicia para Adolescentes del Estado, con residencia en Cholula, Puebla. 25 de enero de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel Vélez Barajas. Secretario: Jorge Patlán Origel.

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