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RENTA. EL ARTÍCULO 129 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, NO VIOLA EL PRINCIPIO DE EQUIDAD TRIBUTARIA (LEGISLACIÓN VIGENTE HASTA EL 4 DE DICIEMBRE DE 2006).

Clave: 1a. LVII/2007 · Registro digital (IUS): 173195 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXV, Febrero de 2007; Pág. 663

Conforme al citado precepto reglamentario, los contribuyentes tienen derecho a la exención del pago del impuesto sobre la renta a que se refiere el artículo 109, fracción XV, inciso a), de la Ley de la materia, por la obtención de los ingresos derivados de la enajenación de casa habitación, cuando se acredite ante el fedatario público que formalice la operación, que el inmueble objeto de ésta es la casa habitación del contribuyente, con cualquiera de los siguientes documentos: a) credencial de elector a nombre del contribuyente que enajena el inmueble, expedida por el Instituto Federal Electoral, siempre que coincida el domicilio del bien inmueble a enajenar con el que aparezca en dicha credencial; b) los comprobantes de los pagos efectuados por la prestación de los servicios de energía eléctrica, telefónico o gas; o c) estados de cuenta proporcionados por las instituciones que componen el sistema financiero o por casas comerciales y de tarjetas de crédito no bancarias. En ese sentido, se concluye que el artículo 129 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta no viola el principio de equidad tributaria contenido en la fracción IV del artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en virtud de que sin distinción alguna exige que todos los contribuyentes que enajenen un inmueble de su propiedad y que pretendan beneficiarse con la exención del pago del impuesto relativo establecida en la ley, acrediten con los aludidos documentos que dicho inmueble es la casa habitación del contribuyente; de ahí que quienes se encuentren en ese supuesto normativo, guardan una situación idéntica frente a la norma jurídica que lo regula.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/173195-e78f6e0a/renta-el-articulo-129-del-reglamento-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 1715/2006. Francisco José o José Francisco Pereg Cerro y otros. 22 de noviembre de 2006. Cinco votos. Ponente: Sergio A. Valls Hernández. Secretario: Joaquín Cisneros Sánchez.

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