Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

AMPARO CONTRA LEYES. NO ES MANIFIESTA LA IMPROCEDENCIA DE LA DEMANDA EN QUE SE RECLAMA UNA LEY CON EL CARÁCTER DE HETEROAPLICATIVA, CUANDO SE ENCUENTRA PENDIENTE DE RESOLUCIÓN OTRO JUICIO EN EL QUE SE RECLAMÓ COMO AUTOAPLICATIVA.

Clave: II.1o.A.27 K · Registro digital (IUS): 177722 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXII, Agosto de 2005; Pág. 1800

La aplicación literal de la causal de improcedencia prevista en la fracción III del artículo 73 de la Ley de Amparo, cuando se reclama la inconstitucionalidad de una ley, inicialmente como autoaplicativa, y después con carácter heteroaplicativo, conduciría a determinar que en ambos casos es el mismo acto reclamado, las mismas autoridades responsables y el mismo quejoso y, por ende, procedería desechar la segunda demanda por estar pendiente de resolución otro juicio de amparo. Sin embargo, se trata de supuestos diferentes, pues si el gobernado considera que la ley es autoaplicativa, ello implica realizar previamente el estudio de su naturaleza, y después el de constitucionalidad, y de no ser autoaplicativa, llevaría a sobreseer el primer juicio; en el segundo supuesto, considerada la ley como heteroaplicativa, se analizaría directamente su constitucionalidad, porque al reclamarse con motivo del primer acto de aplicación, y en caso de que se hicieran valer vicios propios de éste, también se analizarían cuestiones de legalidad; circunstancias que impiden se actualice de manera manifiesta la litispendencia, no obstante que sean idénticos los preceptos estimados de inconstitucionales, pues en ambos casos se impugnaron por razones diferentes.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/177722-7b3a8e8a/amparo-contra-leyes-no-es-manifiesta-la-improcedencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión (improcedencia) 156/2005. Servicio Comercial La Luna, S.A. de C.V. 28 de abril de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Angelina Hernández Hernández. Secretario: Hugo Mundo Valenzuela.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis