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COMISIÓN FEDERAL DE COMPETENCIA. LA INFORMACIÓN Y DOCUMENTOS EXHIBIDOS POR LOS AGENTES ECONÓMICOS EN EL PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACIÓN DE PRÁCTICAS MONOPÓLICAS SON CONFIDENCIALES POR DISPOSICIÓN LEGAL, Y NO EXISTE NECESIDAD DE QUE EL OFERENTE JUSTIFIQUE TAL CARÁCTER.

Clave: I.7o.A.311 A · Registro digital (IUS): 180939 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XX, Agosto de 2004; Pág. 1566

El artículo 14, fracción I, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental dispone que se considerará información reservada toda aquella que por disposición expresa de una ley sea considerada confidencial, reservada, comercial reservada o gubernamental confidencial; por su parte, el numeral 31, segundo párrafo, de la Ley Federal de Competencia Económica, señala que la información y documentos que haya obtenido directamente la comisión en la realización de sus investigaciones, así como los que se le proporcionen, son "estrictamente confidenciales". Por ende, resulta inconcuso que tal confidencialidad es resultado de un mandato legal, siendo innecesario que el agente económico involucrado en un procedimiento de investigación de prácticas monopólicas justifique por qué razón estima que determinada información o documentación exhibida por él es confidencial.

SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/180939-6fa4bf69/comision-federal-de-competencia-la-informacion-y-documentos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 1927/2004. Director General de Asuntos Jurídicos de la Comisión Federal de Competencia. 15 de junio de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro. Secretario: Carlos Alfredo Soto Morales.

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