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IMPROCEDENCIA POR CAMBIO DE SITUACIÓN JURÍDICA. LA MEDIDA DECRETADA POR EL MINISTERIO PÚBLICO SOBRE LA RESTITUCIÓN DE BIENES, ACTUALIZA DICHA CAUSA SI YA SE EJERCIÓ ACCIÓN PENAL.

Clave: V.2o.65 A · Registro digital (IUS): 181130 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XX, Julio de 2004; Pág. 1729

Cuando el agente del Ministerio Público ordena la restitución de bienes a la parte ofendida por un hecho delictuoso, sólo se actualiza un cambio de status legal, cuando a su vez resuelva ejercitar la acción penal conducente ante la autoridad judicial competente y, mediante el pliego consignatorio, se ponga también a disposición de la autoridad judicial la diligencia de restitución ministerial, donde consten los bienes afectos a la investigación, y esta última hubiese aceptado dicha puesta a disposición o la hubiese ratificado judicialmente, o bien, se esté en los casos en los que el Ministerio Público en el desarrollo de la integración de la indagatoria, resuelve otorgarles un destino final autorizado por la ley. Así, la nueva situación hace que las afectaciones e irregularidades primigenias advertidas en la orden de restitución se encuentren consumadas en forma irreparable, operando la improcedencia consignada por la fracción X del artículo 73 de la Ley de Amparo y, por tanto, su impugnación y definición sólo podrán efectuarse cuando se combata esa nueva situación jurídica, generada por la consignación.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/181130-720bcbf6/improcedencia-por-cambio-de-situacion-juridica-la-medida · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión (improcedencia) 255/2003. Guadalupe Belem Cubillas Encinas. 19 de abril de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Federico Rodríguez Celis. Secretario: Abel Chávez Rivera.

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