COSTAS. PROCEDE LA CONDENA CUANDO EN LA SEGUNDA INSTANCIA SE MODIFICA LA SENTENCIA, PERO NO DE MANERA SUSTANCIAL, PORQUE SUBSISTE EL ELEMENTO DE CONDENA POR DOS SENTENCIAS CONFORMES DE TODA CONFORMIDAD, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 1084, FRACCIÓN IV, DEL CÓDIGO DE COMERCIO.
La hipótesis contemplada en el artículo 1084, fracción IV, del Código de Comercio establece que serán condenados en costas, la parte vencida y el que lo intente si no obtiene sentencia favorable, y siempre serán condenados, entre otros, el que fuere condenado por dos sentencias conformes de toda conformidad en su parte resolutiva, sin tomar en cuenta la declaración en costas, en cuyo caso se comprenderán las costas de ambas instancias. Por tanto, si en la primera instancia el a quo estableció que la parte actora acreditó parcialmente los elementos constitutivos de su acción y que la demandada acreditó parcialmente las excepciones que hizo valer en el juicio ejecutivo mercantil y, con fundamento en el artículo 1084, fracción III, del Código de Comercio condenó a la parte vencida al pago de gastos y costas, y si la Sala responsable, al dictar la sentencia de apelación, estimó que resultaban parcialmente fundados los agravios de la apelante y debía modificarse la sentencia apelada, sin que tuviera un cambio sustancial en su contenido o alcance de la establecida por el a quo, sino aparente, en tanto que el monto de pago en efectivo que debía cubrir sigue siendo el mismo y sosteniéndose en las mismas premisas, resulta aplicable la fracción IV del numeral antes citado, que establece claramente que siempre será condenado en costas quien fuere condenado por dos sentencias conformes de toda conformidad en su parte resolutiva, sin tomar en cuenta la declaración sobre costas, lo que en el caso concreto se actualiza ya que en la sentencia de primera instancia se condenó al pago de las prestaciones que se le reclamaron y en la segunda instancia se modificó la sentencia recurrida en el punto resolutivo pero no de manera sustancial.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/182434-dc3ede04/costas-procede-la-condena-cuando-en-la-segunda · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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