REVISIÓN DE DICTÁMENES DE ESTADOS FINANCIEROS. LA VIOLACIÓN AL ARTÍCULO 55, FRACCIÓN I, DEL REGLAMENTO DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN ACTUALIZA EL ESPECIAL TIPO DE NULIDAD DE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA, PREVISTO EN EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 239 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.
La nulidad de la resolución por vicios de carácter formal, que se configura al actualizarse una omisión en el procedimiento fiscalizador, como lo es la violación a lo dispuesto por el artículo 55, fracción I, del Reglamento del Código Fiscal de la Federación, consistente en la omisión de dar a conocer al actor del juicio de nulidad el oficio por el que se requiere al contador público autorizado para que exhiba información y documentación, a fin de revisar los estados financieros del contribuyente, encuadra en la fracción III del artículo 238 del Código Fiscal de la Federación, pues constituye un vicio del procedimiento que afecta las defensas del particular y trasciende al sentido de la resolución impugnada, por lo que conforme a la naturaleza del acto que dio origen a esa violación, debe declararse la nulidad de la resolución impugnada conforme al especial tipo de nulidad previsto en el último párrafo del artículo 239 del mencionado código, cuyos alcances no pueden ser otros que la autoridad demandada deje insubsistente la resolución impugnada y emita una nueva, en la que declare nulo el procedimiento de la revisión de estados financieros desde el momento en que se cometió la violación formal, sin que con ello se obligue ni se impida a la autoridad iniciar un nuevo procedimiento a partir de ese momento y de acuerdo con lo establecido por la ley, porque el ejercicio de esta última atribución queda dentro del campo de las facultades discrecionales de la autoridad.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/186438-aeb07761/revision-de-dictamenes-de-estados-financieros-la-violacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- ESTADOS FINANCIEROS, DICTAMEN DE LOS. PROCEDIMIENTO PARA SU REVISION Y FACULTADES DE COMPROBACION (ARTICULOS 64 DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION Y 55 DE SU REGLAMENTO). SU CONTRA (s/clave)
- NULIDAD EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. DEBE DECLARARSE PARA EFECTOS CUANDO LA AUTORIDAD FISCAL, UNA VEZ INICIADO EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE COMPROBACIÓN, OMITE NO (152)
- TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION, CUANDO EL, ESTIME QUE LA AUTORIDAD DEMANDADA VIOLO EN PERJUICIO DEL CONTRIBUYENTE EL ARTICULO 55, FRACCION I, DEL REGLAMENTO DEL CODIGO FISCAL DE (I.3o.A. J/42)
- NULIDAD EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. DEBE DECLARARSE PARA EFECTOS CUANDO LA AUTORIDAD FISCAL, UNA VEZ INICIADO EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE COMPROBACIÓN, OMITE NO (I.4o.A.355 A )
- TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION, CUANDO EL, ESTIME QUE LA AUTORIDAD DEMANDADA VIOLO EN PERJUICIO DEL CONTRIBUYENTE EL ARTICULO 55, FRACCION I, DEL REGLAMENTO DEL CODIGO FISCAL DE (965)
- TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACIÓN, CUANDO ÉL, ESTIME QUE LA AUTORIDAD DEMANDADA VIOLÓ EN PERJUICIO DEL CONTRIBUYENTE EL ARTÍCULO 55, FRACCIÓN I, DEL REGLAMENTO DEL CÓDIGO FISCAL DE (554 (H))
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis