PERICIAL MÉDICA OFRECIDA POR EL ACTOR A CARGO DEL PERITO OFICIAL. ES INCORRECTA SU DESERCIÓN CUANDO NO CONSTA QUÉ MÉDICO ES EL DESIGNADO COMO TAL POR EL HOSPITAL PÚBLICO CORRESPONDIENTE.
La determinación de la Junta en el sentido de declarar desierta la prueba pericial como consecuencia de la prevención y apercibimiento hecho al actor, para que se presente ante los peritos de la demandada y el oficial, o bien, comparezca en la nueva fecha fijada para el desahogo de tal probanza, carece de efectos por la incomparecencia de representante alguno de su parte, máxime si el hospital público no proporciona los datos del médico que será designado como perito del actor; asimismo, al no constar en autos que se hubiere recibido el oficio en el que fue solicitada la designación de un perito médico, tampoco es procedente hacer efectivo el apercibimiento y declarar desierta la prueba.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL CUARTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/190436-eda4419a/pericial-medica-ofrecida-por-el-actor-a-cargo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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