VEHÍCULO DE PROCEDENCIA EXTRANJERA. EL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN ESTABLECE UN TIPO PENAL ESPECÍFICO VINCULADO CON SU INTERNACIÓN ILEGAL AL PAÍS.
El artículo 14, párrafo tercero, de la Constitución General de la República, establece que en los juicios del orden criminal queda prohibido imponer por simple analogía y aun por mayoría de razón, pena alguna que no esté decretada por una ley exactamente aplicable al delito de que se trate. En el caso concreto, si la actividad desplegada por el sujeto activo consistió en la internación de un vehículo de fuerza motriz, sin contar con ningún documento que acreditara su legal estancia o tenencia en el país y con relación a dicha conducta, el Juez Federal en el auto cabeza del proceso la clasificó en las hipótesis previstas por el artículo 102, fracciones I y II, del Código Fiscal de la Federación, es decir, en el tipo genérico que establece que comete el delito de contrabando, quien introduzca al país o extraiga de él mercancías, omitiendo el pago total o parcial de las contribuciones o cuotas compensatorias que deben de cubrirse y sin permiso de la autoridad competente, cuando sea necesario este requisito, tal actitud resulta a todas luces ilegal, pues existiendo un tipo específico de contrabando a la importación vinculado con la internación de vehículos al margen de la ley, previsto y sancionado por los artículos 103, fracción II y 105, fracción VI del Código Fiscal de la Federación, no existe razón alguna para asimilar la actividad del quejoso en el tipo de contrabando genérico reservado para la importación ilegal de mercancías en general, previsto y sancionado por los artículos 102, fracciones I y II, y 104 de la codificación que nos ocupa, pues aunque los vehículos, en sentido amplio, pudieran catalogarse como mercancías, lo cierto es que por disposición expresa del legislador, este tipo de bienes muebles tiene un tratamiento especial cuyas actividades vinculadas con su importación, tenencia y posesión al margen de la ley se encuentran previstas y sancionadas por tipos específicos.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO NOVENO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/191837-fbd352f7/vehiculo-de-procedencia-extranjera-el-codigo-fiscal-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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