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SEGURO SOCIAL. RECURSO DE INCONFORMIDAD. OPORTUNIDAD DE APLICAR LAS DISPOSICIONES DE LA LEY DEROGADA.

Clave: II.T.133 L · Registro digital (IUS): 192356 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XI, Febrero de 2000; Pág. 1122

De acuerdo con lo previsto en el artículo 275, de la desaparecida Ley del Seguro Social de 1973, las controversias entre los asegurados o sus beneficiarios y el instituto, podían ventilarse ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, sin necesidad de agotar previamente el recurso de inconformidad, en el consejo técnico de la propia institución; empero, los preceptos 294 y 295 de la ley actual, exigen como requisito indispensable, la tramitación previa del medio de defensa y en sus numerales tercero, undécimo, décimo octavo y vigésimo cuarto transitorios, permite elegir a los inscritos con anterioridad a su vigencia, acogerse al esquema de pensiones establecido en la misma o a los beneficios del diverso ordenamiento derogado. En consecuencia, ello implica que pueden refugiarse en las disposiciones anteriores, solamente si la cuestión planteada se relaciona con el derecho sustantivo, mas no el procesal; por ende, como el recurso en cita constituye un requisito del procedimiento, debe agotarse porque no forma parte de los aspectos de observancia optativa.

TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/192356-30ca5dbc/seguro-social-recurso-de-inconformidad-oportunidad-de-aplicar · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 699/99. Jorge Velázquez Martínez. 5 de octubre de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Salvador Bravo Gómez. Secretaria: Lorena Figueroa Mendieta. Véase: Tesis I.6o.T.65 L que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XI, febrero de 2000, página 1121.

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