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Modo: Corpus Pro

COMPETENCIA LABORAL. CORRESPONDE A LA JUNTA FEDERAL CONOCER DE LOS JUICIOS EN QUE ES PARTE UNA EMPRESA QUE FABRICA AUTOPARTES MECÁNICAS COMO MUELLES, SISTEMAS DE ESCAPE, SILENCIADORES Y AMORTIGUADORES, POR QUEDAR INCLUIDA EN LA RAMA DE LA INDUSTRIA AUTOMOTRIZ.

Clave: 2a. LXVI/99 · Registro digital (IUS): 193882 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IX, Mayo de 1999; Pág. 498

Tomando en cuenta que la Segunda Sala de la Suprema Corte ha sostenido el criterio de que el objeto de la industria automotriz a que se refiere el artículo 123, apartado A, fracción XXXI, inciso a), subinciso 12 de la Constitución Federal, comprende el conjunto de actividades que tienen por finalidad la producción de vehículos y sus autopartes mecánicas o eléctricas, a partir del uso de distintos elementos y materias primas para su transformación, debe considerarse que la actividad que desarrollan las empresas que se dedican a la fabricación de autopartes mecánicas, como muelles, sistemas de escape, silenciadores y amortiguadores, queda inmersa dentro de este ramo industrial, pues el precepto constitucional no limita la materia federal a la industria automotriz, entendida solamente como la fabricación de automóviles, sino que añade la relativa a autopartes mecánicas y eléctricas, por lo que la competencia para conocer de los juicios promovidos en contra de estas empresas, se surte en favor de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/193882-4deb161a/competencia-laboral-corresponde-a-la-junta-federal-conocer · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Competencia 49/99. Suscitada entre la Junta Especial Número Diecinueve de la Federal de Conciliación y Arbitraje, residente en Guadalupe, Nuevo León y la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje, residente en Monterrey, Nuevo León. 16 de abril de 1999. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretario: Andrés Pérez Lozano.

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