Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

VALOR AGREGADO, LEY DEL IMPUESTO AL. TASA DEL 0%. GOZAN DE DICHO ESTÍMULO LOS BIENES ENAJENADOS Y SERVICIOS PRESTADOS POR TERCEROS, INCORPORADOS COMO INSUMOS EN ARTÍCULOS DESTINADOS A LA EXPORTACIÓN.

Clave: VIII.1o.17 A · Registro digital (IUS): 195135 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VIII, Noviembre de 1998; Pág. 586

La finalidad de los artículos 29, fracción IV, inciso b) y 31 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, interpretados de manera armónica y en conjunto, consiste en estimular la exportación de bienes y servicios, a través de aplicar la tasa 0% en el cálculo de dicho impuesto a las empresas exportadoras que cuentan con Programas de Importación Temporal para Producir Artículos de Exportación (Pitex), aprobados por la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, a efecto de hacer más competitivos sus precios, descargando a tales bienes o servicios de impuestos indirectos al consumo, en razón de que éstos se causarán en el extranjero. En consecuencia, dicho estímulo de aplicación a la tasa 0% es extensivo a los terceros que enajenen bienes o presten servicios a dichas empresas, siempre y cuando se incorporen a manera de insumo en los bienes destinados a la exportación.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/195135-21ff47b5/valor-agregado-ley-del-impuesto-al-tasa-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Revisión fiscal 78/98. Administrador Local Jurídico de Ingresos de Torreón, en representación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 23 de septiembre de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Jean Claude Tron Petit. Secretario: Gilberto Serna Licerio. Nota: Por ejecutoria de fecha 20 de febrero de 2008, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 267/2007-SS en que participó el presente criterio.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis