Corpus
Modo: Corpus Pro

AGRAVIOS. CUANDO SU ESTUDIO RESULTA INNECESARIO.

Clave: XXII.1o.17 K · Registro digital (IUS): 196870 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VII, Febrero de 1998; Pág. 471

Si una de las partes formula agravios en determinado sentido y la Sala responsable da respuesta a los mismos, no puede estimarse que dicha autoridad transgrede garantías constitucionales por el hecho de no atender los agravios expresados por la contraria y que se hacen valer en el mismo sentido, pues sería reiterativo su estudio, lo que a nada práctico conduciría, toda vez que el tribunal de apelación ya se ocupó del análisis de dichos agravios, originando con ello que queden sin materia.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO SEGUNDO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/196870-82909777/agravios-cuando-su-estudio-resulta-innecesario · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 719/97. Banco del Centro, S.A. 11 de diciembre de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Augusto Benito Hernández Torres. Secretario: Pedro Carranza Ochoa.

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