Corpus
Modo: Corpus Pro

CORREDORES PÚBLICOS. TIENEN FACULTAD PARA DESEMPEÑAR FUNCIONES COMO FEDATARIOS EN CUESTIONES DE NATURALEZA CIVIL Y MERCANTIL.

Clave: I.6o.C.125 C · Registro digital (IUS): 197764 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VI, Septiembre de 1997; Pág. 666

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 6o., fracción VI, de la Ley Federal de Correduría Pública, y 38 y 39 del reglamento de dicha normatividad, corresponde a los corredores públicos actuar como fedatarios, desde la constitución, hasta la extinción de las personas morales de naturaleza comercial, pasando por los demás actos previstos por la Ley General de Sociedades Mercantiles y, en ese sentido, es indudable que tratándose de un poder, civil o no, la certificación del mandato conferido por una sociedad mercantil, independientemente de su naturaleza, está dentro de las facultades del corredor público, atento las prescripciones de los artículos de la ley y reglamento en cita.

SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/197764-c3b3a4fc/corredores-publicos-tienen-facultad-para-desempenar-funciones-como · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 2146/97. Factor Arme, S.A. de C.V., Organización Auxiliar de Crédito. 21 de agosto de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo R. Parrao Rodríguez. Secretario: José Guadalupe Sánchez González. Notas: Por ejecutoria de fecha 11 de agosto de 1999, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 56/99 en que participó el presente criterio. Esta tesis contendió en la contradicción 51/2000-PS resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 15/2002, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XV, abril de 2002, página 98, con el rubro: "CORREDORES PÚBLICOS. CARECEN DE FACULTADES PARA CERTIFICAR TESTIMONIOS NOTARIALES EN LOS QUE SE OTORGAN PODERES."

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