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EDICIÓN DE LIBROS, PERIÓDICOS Y REVISTAS. QUÉ DEBE ENTENDERSE POR "QUE EDITEN LOS PROPIOS CONTRIBUYENTES" (INTERPRETACIÓN DEL INCISO i), FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 2o.-A DE LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO).

Clave: VI.1o.A.27 A (10a.) · Registro digital (IUS): 2000784 · Tipo: Tesis aislada
Época: 10a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro VIII, Mayo de 2012; Tomo 2; Pág. 1917

El numeral señalado establece que el impuesto al valor agregado se calculará aplicando la tasa del 0% cuando se realice la enajenación de libros, periódicos y revistas, que "editen los propios contribuyentes", frase que debe interpretarse partiendo de lo dispuesto por los artículos 124 y 125 de la Ley Federal del Derecho de Autor, de los que se infiere que un editor es aquella persona que selecciona o concibe una edición y realiza por sí o a través de terceros su elaboración, esto es, permite que otras personas intervengan en el proceso de edición, especificando que la impresión de un libro es una de las fases del procedimiento editorial. Ahora bien, dado que la intención del legislador al adicionar el inciso i) en análisis fue otorgar seguridad jurídica a los editores de libros y periódicos que enajenen dichos bienes permitiendo que puedan recuperar los pagos del impuesto por la vía de la devolución que hacen a quienes les compran bienes o servicios, entonces debe interpretarse la hipótesis que prevé el inciso citado de manera que el editor al poder auxiliarse de otras personas, ya sean físicas o morales, para efectuar la edición de libros, periódicos y revistas, a la enajenación que realice de éstos se le aplicará la tasa mencionada.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2000784-325b47bd/edicion-de-libros-periodicos-y-revistas-que-debe · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 52/2012. Book Mart, S.A. de C.V. 11 de abril de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: José Eduardo Téllez Espinoza. Secretaria: Elizabeth Barrientos Sánchez.

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