COMISIÓN NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS. LE COMPETE CONOCER DEL CONFLICTO DE INTERESES ENTRE LAS INSTITUCIONES BANCARIAS QUE COMPONEN EL SISTEMA FINANCIERO MEXICANO Y UN USUARIO DE LOS SERVICIOS QUE PRESTAN.
El artículo 2 de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores establece que este órgano tiene por objeto supervisar y regular a las entidades integrantes del sistema financiero mexicano, a fin de procurar su estabilidad y correcto funcionamiento, así como mantener y fomentar el sano y equilibrado desarrollo del sistema en su conjunto, en protección de los intereses del público; empero, esa facultad está limitada al ámbito de su competencia, la cual se encuentra regulada en el numeral 4 del mencionado ordenamiento. En ese tenor, tratándose de un conflicto de intereses entre las instituciones bancarias que integran dicho sistema y un usuario de los servicios que prestan, por ejemplo, cuando éste pretende que se les giren instrucciones con la finalidad de que se limpie su buen nombre, por no guardar relación alguna con temas de lavado de dinero o narcotráfico al haber sido absuelto de los delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita y, derivado de lo anterior, solicita que se le permita el acceso a los servicios que prestan, de conformidad con los artículos 1o., 2o., 4o., 5o. y 11 de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, tal asunto es competencia de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, institución creada precisamente para promover, asesorar, proteger y defender los derechos e intereses de los usuarios frente a las instituciones financieras, porque, además, del cúmulo de atribuciones con que cuenta la Comisión Nacional Bancaria y de Valores no se advierte que esté facultada para atender dicho conflicto.
SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2002468-c843c0f7/comision-nacional-para-la-proteccion-y-defensa-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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