AVISO DE DESPIDO. ES ILEGAL SI NO PRECISA LAS CIRCUNSTANCIAS DE TIEMPO, MODO Y LUGAR DE LA CAUSA O CAUSAS DE LA RESCISIÓN.
El artículo 47, antepenúltimo párrafo, de la Ley Federal del Trabajo, refiere: "El patrón deberá dar al trabajador aviso escrito de la fecha y causa o causas de la rescisión.", disposición que se interpreta en el sentido de que en dicho documento deben precisarse las circunstancias de tiempo, modo y lugar del hecho o hechos que motivaron el despido ya que, de lo contrario, se dejaría al trabajador imposibilitado para ejercitar adecuadamente su acción en el juicio laboral, porque no tendría certeza sobre los puntos específicos que debe atacar en su demanda; en cambio, al permitirse al patrón reservarse los referidos datos para exhibirlos hasta el momento de contestar la demanda del juicio laboral, provocaría un desequilibrio procesal en perjuicio del actor, porque desconocería con exactitud los motivos que originaron su despido, y el demandado contaría con toda la información disponible para su defensa; de ahí que deba analizarse por parte de la Junta, como un presupuesto procesal, si el aviso de despido se encuentra apegado a lo ordenado por dicho precepto legal.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2003481-96008ceb/aviso-de-despido-es-ilegal-si-no-precisa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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