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Modo: Corpus Pro

COMPETENCIA ECONÓMICA. EL ARTÍCULO 70 DEL REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL RELATIVA ES INAPLICABLE RESPECTO DE LA PUBLICACIÓN DE LOS ACUERDOS DE AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE INVESTIGACIÓN OFICIOSA DE POSIBLES PRÁCTICAS MONOPÓLICAS.

Clave: I.8o.A.62 A (10a.) · Registro digital (IUS): 2003499 · Tipo: Tesis aislada
Época: 10a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XX, Mayo de 2013; Tomo 3; Pág. 1756

Los artículos 66 y 69 del Reglamento de la Ley Federal de Competencia Económica establecen que los actos que no deben notificarse personalmente, sólo deben ser publicados en la lista que se pone a disposición del público en las oficinas y en el sitio de Internet de la comisión federal de la materia, dentro de los tres días siguientes a la sesión del Pleno de ese órgano. De acuerdo con lo anterior, los acuerdos de ampliación del plazo de investigación oficiosa de posibles prácticas monopólicas, al no estar dirigidos a persona o agente económico determinado ni emitidos dentro de un procedimiento, sólo deben publicarse en listas, dado que únicamente persiguen dar a conocer a la sociedad en general la referida investigación. Así, el artículo 70 del citado reglamento, que establece que todas las notificaciones surten efectos al día siguiente en que se practiquen, es inaplicable respecto de la publicación de los referidos acuerdos, ya que, de lo contrario, se reducirían los plazos que la ley prevé para ampliar el periodo de investigación, en perjuicio del interés general.

OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2003499-bd96b0b5/competencia-economica-el-articulo-70-del-reglamento-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 398/2012. Delegado de las autoridades responsables, Director General de Investigaciones de Prácticas Monopólicas Absolutas y Restricciones al Comercio Interestatal y del Pleno, ambos de la Comisión Federal de Competencia y otro. 10 de abril de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Adriana Leticia Campuzano Gallegos. Secretario: Jorge Alberto Ramírez Hernández.

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