RECURSO DE INCONFORMIDAD. LA LIBERTAD DE JURISDICCIÓN CONCEDIDA A LAS AUTORIDADES RESPONSABLES PARA CUMPLIR LAS SENTENCIAS DE AMPARO, ENCUENTRA SU LÍMITE EN EL CONTENIDO DE LOS DERECHOS HUMANOS AL DEBIDO PROCESO Y DE ACCESO EFECTIVO A LA JUSTICIA.
La libertad de jurisdicción concedida a las autoridades responsables para cumplir las sentencias de amparo, encuentra su límite en el contenido de los derechos humanos al debido proceso y de acceso efectivo a la justicia, reconocidos en los artículos 14, 16 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, debiendo aquellas autoridades atender puntualmente y en su totalidad los efectos de dichas ejecutorias, conforme a las consideraciones y los lineamientos que obren en éstas, para que los tribunales colegiados de circuito o la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el ámbito de sus respectivas competencias, puedan determinar si la resolución respectiva cumple sin exceso o defecto el fallo protector en términos de los artículos 192, 196 y 201 de la Ley de Amparo, vigente a partir del 3 de abril de 2013. Lo anterior es así, porque las consideraciones y los lineamientos constituyen las premisas que justifican, precisan o determinan el alcance y sentido de los efectos de las ejecutorias de amparo, acotando la discrecionalidad que las autoridades responsables tienen por virtud de su libertad de jurisdicción, de forma que su inobservancia implicaría una falta al debido procedimiento de cumplimiento de las ejecutorias de amparo que tendría como resultado restar efectividad al juicio de amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2006247-a373bd10/recurso-de-inconformidad-la-libertad-de-jurisdiccion-concedida · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- RECURSO DE INCONFORMIDAD. PARA EVALUAR EL CUMPLIMIENTO DE LA EJECUTORIA DE AMPARO DEBEN ATENDERSE SUS CONSIDERACIONES Y LINEAMIENTOS Y NO SÓLO SUS EFECTOS, LOS CUALES ACOTAN LA LIB (1a./J. 75/2014 (10a.))
- RECURSO DE INCONFORMIDAD. DEBE DECLARARSE FUNDADO CUANDO SE TIENE POR CUMPLIDA UNA EJECUTORIA DE AMPARO SIN QUE LA AUTORIDAD RESPONSABLE HAYA ACATADO LOS LINEAMIENTOS Y LAS CONSIDE (1a./J. 55/2015 (10a.))
- RECURSO DE INCONFORMIDAD. DEBE DECLARARSE FUNDADO CUANDO SE TIENE POR CUMPLIDA UNA EJECUTORIA DE AMPARO SIN QUE LA AUTORIDAD RESPONSABLE HAYA ACATADO LOS LINEAMIENTOS Y LAS CONSIDE (1a. CLXI/2014 (10a.))
- RECURSO DE INCONFORMIDAD. ALCANCES Y LÍMITES EN SU ESTUDIO. (1a. CCXXVIII/2014 (10a.))
- RECURSO DE INCONFORMIDAD. ALCANCES Y LÍMITES EN SU ESTUDIO. (1a./J. 76/2014 (10a.))
- RECURSO DE INCONFORMIDAD. SU RATIO CONSTITUCIONAL Y CONVENCIONAL. (1a. CVIII/2016 (10a.))
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis