PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO. SU DESARROLLO EN LA VÍA JURISDICCIONAL.
Conforme a los artículos 19 y 24 de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado, no debe concebirse al juicio contencioso administrativo como un nuevo procedimiento de responsabilidad patrimonial en donde proceda analizar medios de prueba que el gobernado no presentó en el de origen pudiendo hacerlo, sino que debe entenderse como la instancia de revisión de la legalidad de la resolución recaída a la solicitud de reclamación de responsabilidad patrimonial del Estado, en donde se verificará si ésta cumple o no con la totalidad de los requisitos que le impone la normativa aplicable, por lo que el órgano jurisdiccional debe limitarse a analizar la resolución combatida tal como fue emitida, estudiando y resolviendo los argumentos expresados por las partes. En esa tesitura, si bien en el procedimiento de origen corresponde a la autoridad desvirtuar de manera fehaciente la pretensión de indemnización por "actividad administrativa irregular" una vez que el particular haya agotado su carga probatoria -la acreditación del daño y la relación de causalidad entre la actividad administrativa y la lesión producida-, lo cierto es que en el juicio contencioso administrativo corresponderá al actor acreditar y justificar las razones por las que considera que, contrario a lo establecido en la resolución impugnada, el ente estatal no demostró que su actuar estuvo apegado a las condiciones normativas o a los parámetros creados por la propia administración; de ahí que, a diferencia del procedimiento de origen, en la sede jurisdiccional el particular debe aportar todas las pruebas que tenga a su alcance para desvirtuar la decisión que niega la indemnización por responsabilidad administrativa del Estado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2007577-85adf834/procedimiento-de-responsabilidad-patrimonial-del-estado-su-desarrollo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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