Corpus
Modo: Corpus Pro

CUSTODIA GRATUITA DE MERCANCÍAS DE COMERCIO EXTERIOR. LA REFORMA AL ARTÍCULO 15, FRACCIÓN V, PÁRRAFO SEGUNDO, DE LA LEY ADUANERA, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 9 DE DICIEMBRE DE 2013, SUBSANA EL VICIO DE INCONSTITUCIONALIDAD DE DICHO NUMERAL ESTABLECIDO EN LA JURISPRUDENCIA 1a./J. 117/2004.(1)

Clave: 1a. L/2015 (10a.) · Registro digital (IUS): 2008406 · Tipo: Tesis aislada
Época: 10a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 15, Febrero de 2015; Tomo II; Pág. 1388

Esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia citada, estableció que el cómputo en días hábiles de los plazos previstos en el artículo 15, fracción V, párrafo segundo, de la Ley Aduanera, vigente hasta el 9 de diciembre de 2013, para efectos de la prestación gratuita de los servicios de almacenamiento y custodia de mercancías de comercio exterior, es inconstitucional al provocar incertidumbre respecto del tiempo en que los concesionarios o autorizados deben asumir, sin contraprestación alguna, esa carga o modalidad en el ejercicio de los servicios respectivos. Sin embargo, dicho precepto legal fue reformado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de diciembre de 2013, en el cual se establece que los plazos referidos se computarán en días naturales, con lo que ha quedado subsanado el vicio de inconstitucionalidad aludido, toda vez que la gratuidad en la prestación de los servicios de almacenamiento y custodia de mercancías de comercio exterior, al estar delimitada a plazos computables en días naturales, no puede convertirse en una carga incierta ni desproporcionada.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2008406-c1d8c08c/custodia-gratuita-de-mercancias-de-comercio-exterior-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 621/2014. Aerovías de México, S.A. de C.V. 12 de noviembre de 2014. Cinco votos de los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, quien reservó su derecho para formular voto concurrente, José Ramón Cossío Díaz, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Olga Sánchez Cordero de García Villegas, quien reservó su derecho para formular voto concurrente, y Jorge Mario Pardo Rebolledo. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretaria: Carmen Vergara López. ________________(1)NOTA: La tesis jurisprudencial 1a./J. 117/2004 citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XX, diciembre de 2004, página 250, con el rubro: "LEY ADUANERA. LA OBLIGACIÓN DE COMPUTAR EN DÍAS HÁBILES LOS PLAZOS DE ALMACENAMIENTO GRATUITO A QUE SE REFIERE EL PÁRRAFO SEGUNDO DE LA FRACCIÓN QUINTA DEL ARTÍCULO 15 DE LA LEY ADUANERA, REFORMADO POR DECRETO PUBLICADO EL TREINTA DE DICIEMBRE DE DOS MIL DOS, VIOLA LA LIBERTAD DE TRABAJO CONSAGRADA EN EL ARTÍCULO 5o. DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL."

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.