POSESION DE INMUEBLE. EL RECIBO DE PAGO DE ENERGIA ELECTRICA NO ES APTO PARA ACREDITAR LA.
El recibo de pago de energía eléctrica es, por sí mismo, insuficiente para acreditar la posesión de un inmueble, pues tal documento comprueba únicamente la erogación por el servicio de suministro de la energía citada, pero de ninguna manera comprueba que la persona a nombre de quien se expide el recibo de pago aludido ejerza un poder de hecho sobre el inmueble señalado en el mismo.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/201217-779d18ac/posesion-de-inmueble-el-recibo-de-pago-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 424/96. José Elías Huerta Carrillo y otros. 4 de septiembre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Antonio Meza Alarcón. Secretario: Héctor Enrique Hernández Torres.
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