GUARDA Y CUSTODIA DE MENORES. LAS PRUEBAS PSICOLÓGICAS PARA EVALUAR LA IDONEIDAD DE LOS PADRES PARA EJERCERLA, PUEDE EXTENDERSE A LAS PERSONAS CON LAS QUE VAN A CONVIVIR, QUE SON AJENAS AL NÚCLEO FAMILIAR PRIMARIO (ABUELOS, PRIMOS Y TÍOS).
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la tesis 1a. CCCXLIII/2014 (10a.), publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 24 de octubre de 2014 a las 9:35 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 11, Tomo I, octubre de 2014, página 605, de título y subtítulo: "GUARDA Y CUSTODIA DE MENORES. LAS PRUEBAS PERSONALES PARA EVALUAR LA IDONEIDAD DE LOS PADRES QUE PRETENDEN SER TITULARES DE AQUÉLLA, TAMBIÉN DEBEN PRACTICARSE A LAS PAREJAS CON LAS QUE COHABITEN.", sustentó que además de realizar la prueba personal para evaluar la idoneidad de los padres para ser titulares de la guarda y custodia de un menor, es pertinente que también se practique a las respectivas parejas de los padres, toda vez que forman parte del núcleo familiar donde aquél va a vivir. Ahora bien, la interpretación extensiva de dicho criterio, conlleva a indicar que cuando los menores no van a cohabitar en un núcleo familiar primario (hermanos y progenitores), sino que éste se va a extender a uno secundario (abuelos, primos y tíos), es necesario que se realicen pruebas psicológicas a las personas con las que tendrán que convivir, para que se tenga un conocimiento cierto sobre cuál será el ambiente más propicio para el desarrollo integral de la personalidad de aquéllos, pues lo pretendido es descartar que la convivencia con las personas ajenas al núcleo familiar primario suponga un riesgo para su integridad física o psicológica. Finalmente, las partes contendientes son las que tendrán la carga probatoria respectiva y, en caso de no hacerlo así, el juzgador podrá valorar la conducta procesal de las partes al tomar la decisión correspondiente.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO CON RESIDENCIA EN CIUDAD NEZAHUALCÓYOTL, ESTADO DE MÉXICO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2012562-460b92ee/guarda-y-custodia-de-menores-las-pruebas-psicologicas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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