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RENTA. LA TARIFA DEL ARTÍCULO 96 DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, VIGENTE A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2014, RESPETA EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD TRIBUTARIA.

Clave: 2a. XXXI/2017 (10a.) · Registro digital (IUS): 2013899 · Tipo: Tesis aislada
Época: 10a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 10a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 40, Marzo de 2017; Tomo II; Pág. 1410

Del análisis a la tabla contenida en el precepto mencionado, se advierte que respeta el principio de proporcionalidad tributaria contenido en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues en la medida en que aumenta el ingreso, se incrementa la tasa impositiva, no sólo de la tabla, sino también la impositiva efectiva. Así, salvo su primer renglón, ninguno de los subsecuentes rangos llega a la tasa señalada en la tabla, pero sí presenta un incremento progresivo, lo que demuestra la razonable progresividad de la tarifa, ya que conforme aumenta el ingreso incrementa la alícuota a pagar, esto es, derivado de la relación con la cantidad inmersa entre un límite inferior y uno superior y considerando que la tasa del impuesto se aplica sobre el excedente del límite inferior en un porcentaje al que se le suma la cuota. Lo anterior implica que la tributación real efectiva es mayor en proporción al aumento de los ingresos, sin que tal incremento en el impuesto a pagar resulte en una proporción mayor a la que tiene lugar en el renglón inferior, por un aumento de la misma cuantía de la base gravable. De esta forma, la diferencia de un centavo entre un rango y otro se encuentra compensada con la cuota fija establecida para su aplicación, sobre el excedente del límite inferior, evitando que el impuesto se eleve de manera desproporcionada.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2013899-133acb74/renta-la-tarifa-del-articulo-96-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 855/2014. José Francisco García Cáceres y otros. 5 de octubre de 2016. Cinco votos de los Ministros Eduardo Medina Mora I., Javier Laynez Potisek, José Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos y Alberto Pérez Dayán. Ponente: José Fernando Franco González Salas. Secretario: Joel Isaac Rangel Agüeros.

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