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Modo: Corpus Pro

ARCHIVO GENERAL DE NOTARÍAS. SU TITULAR CARECE DE FACULTADES PARA RETENER LOS LIBROS DE UN NOTARIO PÚBLICO CUANDO ADVIERTA ALGUNA ANOMALÍA EN LOS FOLIOS QUE INTEGRAN EL PROTOCOLO CORRESPONDIENTE (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL -ACTUALMENTE CIUDAD DE MÉXICO-).

Clave: I.1o.A.172 A (10a.) · Registro digital (IUS): 2015789 · Tipo: Tesis aislada
Época: 10a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 49, Diciembre de 2017; Tomo IV; Pág. 2068

De conformidad con los artículos 90, 91, 95, 238, fracción VIII y 245 de la Ley del Notariado para el Distrito Federal (actualmente Ciudad de México), la función del titular del Archivo General de Notarías, una vez que reciba la razón de cierre de protocolo de los libros de un notario público, es certificarla y devolver dichos libros dentro del plazo de cinco días siguientes a la fecha de entrega, sin que se prevea la facultad de retenerlos cuando advierta alguna anomalía en los folios que integran el protocolo correspondiente.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2015789-471bddda/archivo-general-de-notarias-su-titular-carece-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 296/2017. Enrique Almanza Pedraza. 27 de julio de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Ronzon Sevilla. Secretario: Damián Cocoletzi Vázquez.

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