LIBERTAD DE EXPRESIÓN. LA OMISIÓN DE EXPEDIR UNA LEY QUE REGULE EL GASTO EN PUBLICIDAD OFICIAL VULNERA LA.
Esta Suprema Corte de Justicia de la Nación considera que la falta de reglas claras y transparentes que establezcan los criterios con los cuales se asigna el gasto de comunicación social de las distintas instancias de gobierno constituye un medio de restricción indirecta a la libertad de expresión prohibido por los artículos 7o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 13.3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. En efecto, la ausencia de esta regulación propicia que la política de gasto en comunicación social canalice los recursos fiscales hacia medios afines a las posiciones del gobierno y niegue el acceso a esos recursos -o simplemente se amenace con restringirlo- a los medios de comunicación que son críticos con las políticas del gobierno. De esta manera, la restricción indirecta a la libertad de expresión trae consigo además un "efecto silenciador" de los medios de comunicación críticos, en la medida en que a través de la asfixia financiera se prescinde de puntos de vista que enriquecen el debate robusto que debe existir en una democracia sobre asuntos de interés público. Por lo demás, este estado de cosas inconstitucional también tiene un efecto disuasivo en el ejercicio de la libertad de expresión de los medios de comunicación en general, toda vez que las afectaciones financieras que sufren los medios críticos pueden llevar a los demás a adoptar posiciones deferentes con el gobierno con la finalidad de no perder los recursos asignados a la difusión de la publicidad oficial. En consecuencia, esta Primera Sala entiende que la omisión de expedir la ley reglamentaria del párrafo octavo del artículo 134 de la Constitución, en los términos del artículo tercero transitorio del decreto de la reforma constitucional de 10 de febrero de 2014, viola el derecho a la libertad de expresión en su dimensión colectiva y también se traduce en una clara afectación a la dimensión individual de este derecho.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2016421-c1795885/libertad-de-expresion-la-omision-de-expedir-una · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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