Corpus
Modo: Corpus Pro

TESTIGOS, LA FALTA DE CITATORIO DE LOS. NO AFECTA EL VALOR PROBATORIO DE SUS DECLARACIONES.

Clave: VI.2o.95 P · Registro digital (IUS): 201822 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Agosto de 1996; Pág. 744

No existe disposición legal que exija que los testigos del ilícito deban ser citados previamente por la autoridad para que rindan su declaración; por tanto, si en la causa penal existen testimonios aportados por testigos que no fueron citados para recibir sus declaraciones, esta circunstancia por sí misma es insuficiente para restar credibilidad a las mismas.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/201822-2fab5cd5/testigos-la-falta-de-citatorio-de-los-no · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 297/96. Martín Morales Vázquez. 26 de junio de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Humberto Schettino Reyna.

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