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DISCOS VERSÁTILES DIGITALES (DVD'S) QUE CONTIENEN LAS VIDEOGRABACIONES DE LAS AUDIENCIAS DEL SISTEMA PENAL ACUSATORIO Y ORAL. A LA LUZ DE LA TRAMITACIÓN DE UN PROCESO PENAL DE ESTA NATURALEZA, TIENEN EL CARÁCTER DE UNA PRUEBA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES, POR LO QUE AUN CUANDO CAREZCAN DEL SELLO Y LA FIRMA CORRESPONDIENTES, NO DEBE PONERSE EN DUDA SU CONTENIDO, SI EXISTEN OTRAS CIRCUNSTANCIAS QUE LE DAN CERTEZA.

Clave: VI.3o.P.1 P (10a.) · Registro digital (IUS): 2019777 · Tipo: Tesis aislada
Época: 10a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 66, Mayo de 2019; Tomo III; Pág. 2563

Los discos versátiles digitales (DVD´S) que contienen las videograbaciones de las audiencias del sistema penal acusatorio y oral, a la luz de la tramitación de un proceso penal de esta naturaleza, conforme al artículo 61 del Código Nacional de Procedimientos Penales y acorde con lo establecido por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la contradicción de tesis 455/2012, que dio origen a la jurisprudencia 1a./J. 43/2013 (10a.), de título y subtítulo: "VIDEOGRABACIONES DE AUDIENCIAS CELEBRADAS EN PROCEDIMIENTOS PENALES DE CORTE ACUSATORIO Y ORAL CONTENIDAS EN ARCHIVOS INFORMÁTICOS ALMACENADOS EN UN DISCO VERSÁTIL DIGITAL (DVD). SI LA AUTORIDAD RESPONSABLE LAS REMITE COMO ANEXO O SUSTENTO DE SU INFORME JUSTIFICADO ADQUIEREN LA NATURALEZA JURÍDICA DE PRUEBA DOCUMENTAL PÚBLICA, Y DEBEN TENERSE POR DESAHOGADAS SIN NECESIDAD DE UNA AUDIENCIA ESPECIAL.", tienen el carácter de una prueba instrumental de actuaciones, al tratarse de las diligencias o actos que conforman un proceso penal de corte acusatorio, guardados en un archivo digital y, por ende, aptos para acreditar la existencia de un acto procesal; además de que no obstante estar soportados en medios digitales, su contenido hace patente la realización de un acto jurídico procesal. Por tanto, aun cuando dichos discos carezcan del sello y la firma correspondientes, no debe ponerse en duda su contenido, si existen otras circunstancias que le dan certeza a éste, como pudieran ser, por ejemplo, que fueron remitidos al tribunal de apelación por la autoridad del Poder Judicial a quien corresponde su resguardo y esa remisión se hizo por conducto de las oficinas que pertenecen precisamente al Poder Judicial, mediante un oficio que cumplió con las formalidades de ley, esto es, que contiene la firma autógrafa de la autoridad emisora, así como el sello correspondiente y, sobre todo, ante el hecho de que el órgano jurisdiccional que conoció del asunto de que se trata, corroboró que la diligencia respectiva, en efecto se encontraba registrada en el DVD.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2019777-242cfd2c/discos-versatiles-digitales-dvd-s-que-contienen-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 292/2018. 7 de diciembre de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: Armando Mata Morales. Secretaria: Matilde Garay Sánchez. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia VI.3o.P. J/1 (10a.), publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 05 de julio de 2019 a las 10:12 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 68, Tomo III, julio de 2019, página 1972, de título y subtítulo: "DISCOS VERSÁTILES DIGITALES (DVD'S) QUE CONTIENEN LAS VIDEOGRABACIONES DE LAS AUDIENCIAS DEL SISTEMA PENAL ACUSATORIO Y ORAL. A LA LUZ DE LA TRAMITACIÓN DE UN PROCESO PENAL DE ESTA NATURALEZA, TIENEN EL CARÁCTER DE UNA PRUEBA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES, POR LO QUE AUN CUANDO CAREZCAN DEL SELLO Y LA FIRMA CORRESPONDIENTES, NO DEBE PONERSE EN DUDA SU CONTENIDO, SI EXISTEN OTRAS CIRCUNSTANCIAS QUE LE DAN CERTEZA." La parte conducente de la ejecutoria relativa a la contradicción de tesis 455/2012 y la tesis de jurisprudencia 1a./J. 43/2013 (10a.) citadas, aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro XXIII, Tomo 1, agosto de 2013, páginas 646 y 703, respectivamente. La presente tesis aborda el mismo tema que la sentencia dictada por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito, al resolver el amparo en revisión 316/2018, que fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 91/2019, declarada inexistente por la Primera Sala el 2 de octubre de 2019.

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