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Modo: Corpus Pro

TRABAJO DEL HOGAR. EL ARTÍCULO 13, FRACCIÓN II, DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL ES INCONSTITUCIONAL AL EXCLUIR A LOS TRABAJADORES DOMÉSTICOS DE SER SUJETOS DE ASEGURAMIENTO AL RÉGIMEN OBLIGATORIO, DEBIDO A QUE VIOLA EL DERECHO HUMANO A LA SEGURIDAD SOCIAL EN IGUALDAD DE CONDICIONES.

Clave: 2a. XXX/2019 (10a.) · Registro digital (IUS): 2019900 · Tipo: Tesis aislada
Época: 10a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 10a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 66, Mayo de 2019; Tomo II; Pág. 1544

Conforme al artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como al Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales, el Estado mexicano está obligado a garantizar el derecho de toda persona a la seguridad social, para lo cual podrá implementar regímenes de seguridad social diferenciados que atiendan las circunstancias y necesidades de los distintos sectores de la población. Ahora bien, de acuerdo con el artículo 13, fracción II, de la Ley del Seguro Social podrán voluntariamente ser sujetos de aseguramiento al régimen obligatorio los trabajadores domésticos, los cuales a su vez están regulados en la Ley Federal del Trabajo como parte de los trabajos especiales. Así, del análisis del citado contexto normativo, se concluye que la exclusión de los trabajadores del hogar, respecto al régimen obligatorio de seguridad social no encuentra justificación constitucional alguna, pues no atiende a una diferenciación objetiva y razonable. De esa forma, el hecho de que se trate de un trabajo especial no implica que deba privárseles de una adecuada cobertura de seguridad social, ya que mediante el régimen voluntario su afiliación queda sujeta a la voluntad de la parte empleadora lo que no garantiza el derecho a la igualdad en el disfrute de una protección suficiente contra los riesgos e imprevisiones sociales, generando como consecuencia un trato discriminatorio en su contra. Máxime si se toma en cuenta que la extensión de la seguridad social al trabajador del hogar es una meta digna y un componente necesario en las estrategias destinadas a la lucha contra la pobreza y la exclusión social, las cuales se ven obstaculizadas o limitadas por el establecimiento de un régimen voluntario.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2019900-57ce529c/trabajo-del-hogar-el-articulo-13-fraccion-ii · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 9/2018. María Rosario Garduño Gómez. 5 de diciembre de 2018. Cinco votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek, José Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos y Eduardo Medina Mora I.; votaron con salvedad Margarita Beatriz Luna Ramos y José Fernando Franco González Salas. Ponente: Alberto Pérez Dayán. Secretario: Isidro Emmanuel Muñoz Acevedo.

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