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NOTIFICACIONES EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. DEBE SER PERSONAL LA RELATIVA AL REQUERIMIENTO REALIZADO AL ACTOR A EFECTO DE QUE SEÑALE UNA DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO PARA RECIBIR LOS AVISOS Y NOTIFICACIONES SUBSECUENTES (LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 14 DE JUNIO DE 2016).

Clave: 2a. XLVI/2019 (10a.) · Registro digital (IUS): 2020473 · Tipo: Tesis aislada
Época: 10a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 10a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 69, Agosto de 2019; Tomo III; Pág. 2645

La Segunda Sala en la jurisprudencia 2a./J. 92/2019 (10a.) determinó que el artículo 67 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, vigente a partir del 14 de junio de 2016, en cuanto limita los supuestos de notificación personal, no transgrede los derechos fundamentales de acceso efectivo a la justicia y de adecuada defensa, ya que de acuerdo con lo previsto en el artículo 65 del mismo ordenamiento, previo a la notificación por boletín jurisdiccional de que se trate, se enviará con anticipación un aviso al correo electrónico que al efecto hayan señalado las partes. Partiendo de esa premisa, se colige que cuando alguna de las partes omita señalar la referida dirección electrónica, el acuerdo por el que se le formule el requerimiento para subsanar dicha deficiencia deberá notificarse de manera personal.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2020473-b2e7931e/notificaciones-en-el-juicio-contencioso-administrativo-federal-debe · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo en revisión 1634/2019. Llantera Contreras, S.A. de C.V. 12 de junio de 2019. Mayoría de cuatro votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, José Fernando Franco González Salas, Yasmín Esquivel Mossa y Javier Laynez Potisek; votó con reservas Alberto Pérez Dayán. Disidente: Eduardo Medina Mora I. Ponente: Alberto Pérez Dayán. Secretario: Héctor Hidalgo Victoria Pérez.

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