PENSIÓN JUBILATORIA. LA OMISIÓN RECURRENTE DE PAGARLA OPORTUNAMENTE VIOLA LOS DERECHOS HUMANOS A LA DIGNIDAD, AL MÍNIMO VITAL Y A LA SEGURIDAD SOCIAL DE LOS JUBILADOS.
Bajo el enfoque actual de una mayor protección a los derechos humanos mediante el acceso a la justicia constitucional, y ante la problemática social que origina el retraso injustificado del pago de las pensiones a los jubilados, corresponde al Estado asegurar la satisfacción de las necesidades básicas de todos sus ciudadanos, en el caso, el derecho que conforme al artículo 123, apartado B, fracción XI, inciso a), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos adquirieron aquéllos después de laborar por el tiempo señalado por la ley, a recibir el pago de una pensión, el cual debe ser realizado en tiempo, porque sólo así se puede garantizar una subsistencia digna. A este despliegue estatal se le conoce como obligación de garantía y se traduce en que el Estado, a través de los entes públicos correspondientes, debe mantener el disfrute del derecho respectivo, pero también mejorarlo y restituirlo en caso de violación. Por tanto, cuando se omite pagar oportunamente una pensión jubilatoria en forma recurrente, se violan los derechos humanos a la dignidad y al mínimo vital de los jubilados, ya que aquélla comprende la satisfacción de las necesidades básicas para que ese retiro sea digno. Asimismo, se transgrede el derecho humano a la seguridad social, del que deriva el pago de la pensión, por la necesidad de garantizar la continuidad en tiempo y forma legal del pago de la pensión, como obligación del Estado mediante el ente asegurador de las prestaciones de seguridad social, derivado del derecho de los pensionados a recibir una protección especial por su condición de integrantes de un grupo en situación de vulnerabilidad, integrado por sujetos que ordinariamente tienen la presunción de subsistir económicamente de lo que reciben mensualmente por concepto de pensión.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO QUINTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2021661-738e21a7/pension-jubilatoria-la-omision-recurrente-de-pagarla-oportunamente · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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