Corpus
Modo: Corpus Pro

RECURSO INNOMINADO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 258 DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES. PROCEDE CONTRA LA DETERMINACIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO FEDERAL DE DECLINAR LA COMPETENCIA AL FUERO COMÚN EN LA ETAPA DE INVESTIGACIÓN.

Clave: XXX.3o.3 P (12a.) · Registro digital (IUS): 2032782 · Tipo: Tesis aislada
Época: 12a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 12a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación

Hechos: Una persona, con carácter de víctima, denunció hechos con apariencia de delito federal. El agente del Ministerio Público de la Federación determinó abstenerse de investigar y declinó su competencia al fuero común. La víctima impugnó dicha determinación ante el Juez de Control mediante el recurso previsto en el artículo referido. El Juez de Control lo declaró improcedente al considerar que la declinatoria de competencia no encuadra en los supuestos taxativos de dicho precepto. Contra esa resolución la víctima promovió amparo indirecto, en cuya resolución se le negó la protección constitucional, contra lo que interpuso recurso de revisión.

Criterio jurídico: La declaratoria de incompetencia en razón de fuero emitida por el Ministerio Público Federal en la etapa de investigación es impugnable a través del recurso innominado previsto en el artículo 258 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

Justificación: Conforme a la jurisprudencia 1a./J. 27/2018 (10a.) de la extinta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el catálogo de determinaciones ministeriales impugnables a través del recurso innominado establecido en el artículo 258 mencionado no se limita a los supuestos expresamente previstos en el precepto (la abstención de investigar, el archivo temporal, la aplicación de un criterio de oportunidad y el no ejercicio de la acción penal).

Dicho medio de defensa alcanza a todo acto u omisión del Ministerio Público que produzca el efecto de paralizar, suspender o terminar la investigación, siempre que exista una relación de causalidad directa entre ese acto y dicho efecto. Bajo este criterio funcional, la declaratoria de incompetencia en razón de fuero satisface el estándar, ya que produce la paralización total y definitiva de la investigación en el fuero federal. Asimismo, guarda una relación de causalidad directa con el cese inmediato de las facultades de investigación de la representación social. En consecuencia, la declinatoria de competencia es funcionalmente equivalente a la abstención de investigar, porque en ambos casos la autoridad ministerial interrumpe la investigación a su cargo.

Excluir a la declinatoria de competencia de este mecanismo de control judicial dejaría a las víctimas sin un medio ordinario de defensa frente a una determinación que extingue el curso natural del proceso, lo que vulnera el principio de protección más amplia y el derecho a una investigación pronta y eficaz, a la justicia y a ejercer los recursos legales correspondientes; prerrogativas reconocidas en el artículo 7, fracciones I, VII, XXIV, XXVI y XXIX, de la Ley General de Víctimas.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL TRIGÉSIMO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2032782-baca73d0/recurso-innominado-previsto-en-el-articulo-258-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 319/2025. 2 de julio de 2026. Unanimidad de votos de las personas Magistradas Lisbet Catalina Soto Martínez, Rodolfo Munguía Rojas y Rubén Cardona Rivera. Ponente: Rodolfo Munguía Rojas. Secretario: Joel Octavio Valdivia Narváez. Nota: La tesis de jurisprudencia 1a./J. 27/2018 (10a.) citada, aparece publicada con el rubro: "SISTEMA PENAL ACUSATORIO. LAS OMISIONES DEL MINISTERIO PÚBLICO EN LA ETAPA DE INVESTIGACIÓN, SON IMPUGNABLES ANTE EL JUEZ DE CONTROL A TRAVÉS DEL MEDIO DE DEFENSA PREVISTO EN EL ARTÍCULO 258 DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES.", en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 17 de agosto de 2018 a las 10:25 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 57, Tomo I, agosto de 2018, página 945, con número de registro digital: 2017641. El criterio contenido en esta tesis es objeto de la denuncia relativa a la contradicción de criterios 75/2026, pendiente de resolverse por el Pleno Regional en Materias Penal y de Trabajo de la Región Centro-Norte, con residencia en la Ciudad de México.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.