Corpus
Modo: Corpus Pro

JUECES DE PAZ, COMPETENCIA DE LOS, CUANDO NO HAY DUDA ALGUNA EN CUANTO AL VALOR DE LA COSA DEMANDADA.

Clave: I.3o.C.42 C · Registro digital (IUS): 204285 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo II, Septiembre de 1995; Pág. 575

Cuando el juicio natural versa sobre la reivindicación de un inmueble, cuyo valor, de acuerdo con el contrato de compraventa base de la acción y lo expresado en el escrito de demanda, no excede de ciento ochenta y dos veces el salario mínimo diario general vigente en el Distrito Federal, éste debe ser el criterio para establecer la competencia, por razón de la cuantía de un juez de paz; sin que deba tenerse en consideración el valor actual del inmueble, dado que no hay duda alguna en cuanto al valor de la cosa demandada, por tanto no tiene aplicación lo dispuesto por el artículo 3o. del Título Especial de la Justicia de Paz, que establece: "Si se dudare del valor de la cosa demandada o del interés del pleito, antes de expedirse la cita para el demandado, el juez oirá el dictamen de un perito que él mismo nombrará a costa del actor."

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/204285-f3061875/jueces-de-paz-competencia-de-los-cuando-no · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 4003/95. Rosa María Gutiérrez Sánchez. 24 de agosto de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: José Becerra Santiago. Secretario: Heriberto Pérez Reyes.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.