NOTARIOS. COTEJO DE DOCUMENTOS EN LAS ESCRITURAS. NO ES SUFICIENTE ESTAMPAR EL SELLO Y RUBRICA DE LOS.
El contenido de los artículos 93, 96 y 97 de la Ley del Notariado no suple la falta de cotejo previsto por los preceptos 62, fracciones III y VIII, y 89 de la propia ley, porque se trata de requisitos indispensables que la ley exige para la formación del acto notarial, y el solo hecho de que en la copia simple del mandato que se agregó al apéndice aparezcan el sello del notario y una rúbrica, no es suficiente para que deba estimarse que tal obligación quedó satisfecha, puesto que no debe perderse de vista que un cotejo, certificación o compulsa, consiste en examinar dos o más documentos comparándolos entre sí, para verificar la autenticidad o la exactitud de alguno de ellos, y en asentar en forma clara la constancia puesta por el notario o por la autoridad administrativa o judicial actuante, dando fe de que se realizó esa verificación, así como de su resultado, que normalmente será en el sentido de que la copia resultó ser un trasunto del original.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/204564-ccee6039/notarios-cotejo-de-documentos-en-las-escrituras-no · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- NOTARIOS. FORMALIDADES DE LAS ESCRITURAS OTORGADAS ANTE, TRATANDOSE DE COTEJO. (I.5o.C.15 C)
- NOTARIOS. FORMALIDADES DE LAS ESCRITURAS OTORGADAS ANTE, TRATÁNDOSE DE COTEJO.- (1179)
- CERTIFICACIÓN NOTARIAL. PARA OTORGARLE CERTEZA, EL NOTARIO DEBE CUMPLIR CON LOS REQUISITOS QUE LA LEY DEL NOTARIADO DEL ESTADO DE QUERÉTARO ESTABLECE PARA LOS DEMÁS ACTOS NOTARIALE (XXII.1o.3 C (10a.))
- COPIAS COTEJADAS POR NOTARIO. REQUISITOS QUE DEBEN CONTENER LAS CERTIFICACIONES DE AQUELLAS (LEY DEL NOTARIADO PARA EL DISTRITO FEDERAL). (P. XL/96)
- COTEJO O CERTIFICACIÓN NOTARIAL. ES INEFICAZ EL REALIZADO A VARIOS DOCUMENTOS, DIVERSOS ENTRE SÍ, QUE NO SE ENCUENTRAN UNIDOS FORMANDO UNO SOLO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA). (VI.2o.C.525 C)
- COPIA AL CARBÓN CON FIRMAS ORIGINALES. COTEJO INNECESARIO. (I.5o.T.120 L)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis