Corpus
Modo: Corpus Pro

COPARTICIPACION. NO SE DA CUANDO LA AYUDA POSTERIOR A LA CONSUMACION DEL DELITO NO ES PRECEDIDA POR UN ACUERDO PREVIO.

Clave: VI.1o.105 P · Registro digital (IUS): 208309 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 280

No puede decirse que exista coparticipación en la concepción, preparación o ejecución de un robo por la circunstancia de que el acusado haya prestado auxilio o cooperación en la etapa posterior a la ejecución del delito, si no hay prueba en autos de que tal conducta haya respondido a un concierto previo, requisito indispensable que la ley establece para considerarlo responsable.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/208309-d5b59e6f/coparticipacion-no-se-da-cuando-la-ayuda-posterior · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 163/88. Juan Manuel Pérez Miranda. 11 de octubre de 1988. Mayoría de votos. Ponente: Carlos Gerardo Ramos Córdova. Disidente: Eric Roberto Santos Partido. Secretario: César Quirós Lecona.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.