PERITOS. DICTAMENES NO OBJETADOS.
Si el dictamen del perito nombrado por el Ministerio Público no fue objetado en su oportunidad por el reo, quien no hizo uso del derecho que le da la ley de nombrar perito por su parte sin necesidad de que se le prevenga, debe concluirse que no existe violación por el hecho de tomarlo en consideración.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/210575-e70a1614/peritos-dictamenes-no-objetados · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 91/93. Margarita Cortez Lemus. 20 de mayo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Vilchiz Sierra.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Segunda Parte, Volumen XIV, página 180.
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