CONFESION CALIFICADA. CUANDO DEBE ADMITIRSE EN SU TOTALIDAD.
La confesión calificada emitida por el peticionario de garantías en el proceso de origen, es aceptable en su integridad, si la circunstancia que adujo en su favor, la cual se hizo consistir en que infirió las lesiones a los pasivos del delito por defender a su hija, repeliendo la agresión actual y violenta de que era motivo, no se encuentra contrariada por ningún otro elemento de convicción, sino por el contrario existen diversas probanzas que la corroboran.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/211273-6ad3dfbf/confesion-calificada-cuando-debe-admitirse-en-su-totalidad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- CONFESIÓN CALIFICADA. (938)
- CONFESIÓN CALIFICADA.- (485)
- CONFESION CALIFICADA. (468)
- CONFESION CALIFICADA. (VI.2o. J/116)
- CONFESION CALIFICADA, PRUEBA DE ELLA. (s/clave)
- CONFESION CALIFICADA. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis