Corpus
Modo: Corpus Pro

OBSCURIDAD EN LA DEMANDA LABORAL. CONSTITUYE UNA EXCEPCION QUE DEBE DE OPONERSE.

Clave: XIX.2o.29 L · Registro digital (IUS): 212294 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Junio de 1994; Pág. 611

Cuando el trabajador al presentar su demanda, reclama el pago de una cantidad determinada por concepto de salario retenido sin establecer el período al que corresponde, y la parte demandada nada dice al respecto, la Junta debe establecer la condena correspondiente, aun ante la imprecisión en que incurrió el accionante, pues la obscuridad en el planteamiento de la demanda, no constituye una defensa que pueda ser estudiada de oficio, sino que se trata de una excepción que el patrón debe oponer oportunamente.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO NOVENO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/212294-eef534b6/obscuridad-en-la-demanda-laboral-constituye-una-excepcion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 139/94-VIII. Epifanio Torres Martínez. 14 de abril de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Terrazas Salgado. Secretario: José Heriberto Pérez García.

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