Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO, ES PROCEDENTE POR ERROR EN LOS DATOS ASENTADOS Y NO SOLO PARA AJUSTARLA A LA REALIDAD SOCIAL LA. (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIAPAS).

Clave: XX.349 C · Registro digital (IUS): 212944 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Abril de 1994; Pág. 427

Conforme a la fracción II del artículo 102 del Código Civil del Estado de Chiapas, ha lugar a pedir rectificación del atestado de nacimiento por enmienda, cuando se solicite variar un nombre o alguna otra circunstancia, sea esencial o accidental; debiendo entenderse que la rectificación en comento, procede por diversas causas y no sólo para ajustar ésta a la realidad social, sino que también procede por error de los datos asentados.

TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/212944-dfeb4b9d/rectificacion-de-acta-de-nacimiento-es-procedente-por · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 792/93. Richard, Conrado y Rebeca Monterrosa de León. 4 de febrero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco A. Velasco Santiago. Secretario: José Gabriel Clemente Rodríguez.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis