AUTORIDAD RESPONSABLE, SUSTITUCION DE LA.
Si la autoridad contra quien se pidió el amparo cesa de tener jurisdicción en el negocio, por impedimento, excusa o cualquier otra causa, tiene el carácter de responsable la que se avoca el conocimiento del asunto, por ser la única que está en condiciones de cumplir con todas las determinaciones dictadas en el amparo y de ejecutar la sentencia que se dicte en el juicio constitucional, independientemente de la responsabilidad que en el caso pueda corresponder, personalmente, a la autoridad que haya dictado la resolución materia de la demanda.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/216865-1729eb7c/autoridad-responsable-sustitucion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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