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Modo: Corpus Pro

QUEJA. AGRAVIO FUNDADO PERO INOPERANTE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 217082 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Marzo de 1993; Pág. 347

Si del examen que en el recurso de queja se hace de un agravio se concluye que es fundado, pero claramente se desprende, por diversas razones que van al fondo de la cuestión debatida, que resulta inepto para resolver ésta favorablemente a los intereses de la parte recurrente, dicho agravio, aunque fundado, debe declararse inoperante.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/217082-6bc779e1/queja-agravio-fundado-pero-inoperante · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja 52/91. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 3 de diciembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: José Galván Rojas. Secretario: Armando Cortés Galván.

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