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Modo: Corpus Pro

GRADO DE RIESGO DE LAS EMPRESAS. EL DICTAMEN DE LA AUTORIDAD QUE LO INCREMENTA DEBE NOTIFICARSE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 218831 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Agosto de 1992; Pág. 561

No basta que la comisión técnica calificadora, responsable de la clasificación de empresas y determinación del grado de riesgo, apoyándose en el artículo 24 del reglamento respectivo, hubiera dictaminado el incremento de la prima del grado de riesgo a un patrón y que éste efectúe el pago de las cuotas obrero patronales en los bimestres posteriores conforme al aumento decretado, para tener por consentida tal modificación, puesto que en términos de la fracción VII del precepto invocado, aquel organismo debió notificarle el citado dictamen, a fin de respetar la garantía de audiencia y no dejar al afectado en estado de indefensión, ya que sólo mediante el conocimiento del dictamen podría conocer las razones y fundamentos que lo motivaron, especialmente los datos utilizados para calcular el índice de siniestralidad base de la modificación, a que se refiere el artículo 26 del mismo ordenamiento reglamentario, y estar en posibilidad de hacer valer en su contra los recursos o medios de defensa establecidos por la ley.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/218831-0858cb05/grado-de-riesgo-de-las-empresas-el-dictamen · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 252/92. Corporación Mexicana del Mante, S.A. de C.V. 10 de junio de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Arizpe Narro. Secretario: Jesús S. Fraustro Macareno. Amparo directo 461/92. Corporación Mexicana del Mante, S.A. de C.V. 29 de abril de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Leandro Fernández Castillo. Secretario: Daniel Cabello González. Amparo directo 489/91. Corporación Mexicana del Mante, S.A. de C.V. 8 de abril de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Arturo Barocio Villalobos. Secretario: Carlos R. Domínguez Avilán.

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