Corpus
Modo: Corpus Pro

PRUEBA DOCUMENTAL EXHIBIDA EN COPIAS FOTOSTATICAS. CORRESPONDE AL OFERENTE PROBAR LA EXISTENCIA DEL ORIGINAL DEL QUE PROVIENEN.

Clave: — · Registro digital (IUS): 222634 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Junio de 1991; Pág. 369

Si la parte demandada al dar contestación a la reclamación laboral de jubilación planteada, negó la existencia de las instrucciones en que fundó su acción el actor, las cuales exhibió en copias fotostáticas, y esa negativa la reiteró en la etapa de ofrecimiento y admisión de pruebas al objetar el citado documento; es ilegal que se le haya impuesto a la demandada la carga probatoria de las objeciones que hizo valer, puesto que dependen de un hecho negativo, que por lo mismo no está sujeto a prueba. Por tanto, corresponde al actor acreditar la existencia del documento original del que provienen las copias fotostáticas cuestionadas.

SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/222634-ca12e833/prueba-documental-exhibida-en-copias-fotostaticas-corresponde-al · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 2286/91. Ferrocarriles Nacionales de México. 18 de abril de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: J. Refugio Gallegos Baeza. Secretario: José Luis Martínez Luis.

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