Corpus
Modo: Corpus Pro

REVISION INTERPUESTA POR LOS SUPERIORES JERARQUICOS DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 225254 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VI, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1990; Pág. 646

La Ley de Amparo no reconoce personalidad a los superiores de las autoridades responsables para intervenir en el juicio de garantías como representante de éstas y por tanto, la revisión interpuesta por aquéllos debe desecharse. Esta tesis es aplicable cuando las autoridades llamadas a juicio de amparo gozan de cierta autonomía y realizan sus actos sin recabar acuerdo previo para cada uno de ellos, aun cuando en términos generales, estén obligados a acordar con el superior jerárquico y no a aquellas situaciones en que las autoridades a quienes se les atribuyen determinados actos, obran exclusivamente como ejecutoras.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/225254-40387718/revision-interpuesta-por-los-superiores-jerarquicos-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 349/89. Enriqueta Varela Hernández de Alatriste. 10 de enero de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Salvador Bravo Gómez. Secretario: Fernando Lúndez Vargas. Véase: Jurisprudencia 256/85, Octava Parte.

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