SEGURO SOCIAL. GRADO DE RIESGO. DETERMINACION POR CAMBIO EN LA CLASIFICACION DE EMPRESAS, CUANDO DEBE SURTIR EFECTOS.
Tratándose de la determinación del grado de riesgo en el trabajo por rectificación o cambio en la clasificación de una empresa, ésta debe surtir sus efectos a partir de la fecha en que se determine en la resolución respectiva en los términos del artículo 18 del Reglamento para la Clasificación de Empresas y Determinación del Grado de Riesgo del Seguro de Riesgos de Trabajo, y no a partir de la notificación del dictamen correspondiente, por no existir disposición que contemple este último supuesto.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/225281-1da045e3/seguro-social-grado-de-riesgo-determinacion-por-cambio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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