Corpus
Modo: Corpus Pro

AGRARIO. AMPARO IMPROCEDENTE, CONTRA ACTOS QUE CARECEN DE DEFINITIVIDAD.

Clave: — · Registro digital (IUS): 226616 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 53

La instauración e integración de un procedimiento en materia agraria no encuadra dentro de la hipótesis que contempla el artículo 114, fracción II, párrafo segundo de la Ley de Amparo, dado que en tanto no se emita el mandamiento definitivo o en su caso el provisional, donde se hagan valer todas las violaciones cometidas, el juicio de garantías resulta improcedente. Por tanto los agravios que puedan causar los actos reclamados mientras no sean definitivos, como son las anotaciones preventivas, de ninguna manera constituyen afectación en el interés jurídico susceptible de controvertirse en el juicio de garantías.

TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/226616-4958cedf/agrario-amparo-improcedente-contra-actos-que-carecen-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Improcedencia 8/89. Eulalio Hernández Gutiérrez y otros. 24 de octubre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Homero Ruiz Velázquez. Secretario: Jorge Farrera Villalobos.

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