PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA.
Para una correcta individualización de la pena no basta hacer una simple cita de los preceptos legales que regulan el arbitrio judicial sobre el particular, ni es suficiente hablar de las circunstancias que enumera el artículo respectivo del Código Penal, con el mismo lenguaje general o abstracto de la ley, sino que es menester razonar su pormenorización con las particularidades del reo y la manera como influyen en el ánimo del juzgador.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO TERCER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/228790-425b56ff/pena-individualizacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 413/88. Felipe León González. 20 de enero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Robustiano Ruiz Martínez. Secretaria: María Olivia Luna Pérez.
Véase:
Segunda Tesis relacionada a la Jurisprudencia 175, Primera Sala, segunda parte, Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985.
Jurisprudencia relacionada
- PENA. REQUISITOS PARA SU INDIVIDUALIZACION. (645)
- PENA. REQUISITOS PARA SU INDIVIDUALIZACION. (II.3o. J/34)
- PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA. REQUISITOS. (s/clave)
- PENA. PARA INDIVIDUALIZARLA NO BASTA UNA RELACION DE ORDEN GENERAL. (VI.1o.47 P)
- PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA. (s/clave)
- PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA. REQUISITOS. (241)
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